ESTATUTO SOCIAL

DE LA ASOCIACION PILOTOS ENTRERRIANOS DE MOTOS Y AUTOS

                                                      A.P.E.M.A.

 CAPITULO  I             

Constitución, domicilio y finalidad.-

 Art. 1º-  Nombre:      Bajo la denominación de Asociación  Pilotos Entrerrianos de Motos y Autos, queda constituida la Asociación Civil que se regirá por el presente Estatuto y por las disposiciones legales que le sean aplicables en razón de la materia

 

Art. 2: Domicilio y Competencia: La Asociación tendrá su asiento y domicilio legal en la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, ejerciendo su competencia en toda la jurisdicción de Entre Ríos.-

 

Art. 3º- Finalidad: La Asociación tiene como objetivos principales:

a)      Promover, organizar, difundir y fiscalizar toda actividad deportiva vinculada al automovilismo y/o motociclismo, competencias de Regularidad y Rally, todo terreno y afines, dentro y fuera de la Provincia de Entre Ríos, siendo en este último caso la fiscalización solo respecto a sus asociados;

b)      Convocar y reunir en su seno a pilotos, mecánicos, dirigentes, aficionados, colaboradores y a todas aquellas personas amantes y que apoyen los deportes mecánicos;

c)      Acrecentar los vínculos de solidaridad y amistad entre los asociados realizando reuniones deportivas, sociales y culturales;

d)     Realizar todos los actos permitidos para la consecución de sus fines y mantener vinculaciones institucionales con asociados de su misma especie.-

e)      Propiciar y sostener toda iniciativa publica o privada que tienda al desarrollo de la actividad deportiva vinculada al automovilismo y/o motociclismo

f)        contribuir con asesoramiento sobre la actividad deportiva del automovilismo y/o motociclismo en caso de que sea requerido por los poderes públicos.-